El presente protocolo establece las directrices de actuación de SaludaMente, sus profesionales y su plataforma tecnológica ante situaciones de crisis en salud mental, en cumplimiento de la Ley 1616 de 2013 (Ley de Salud Mental), la Ley 2460 de 2025 (Servicios de psicología por medios tecnológicos) y la Ley 1090 de 2006 (Código Deontológico del Psicólogo).
Para efectos de este protocolo, se entiende por crisis en salud mental toda situación en la que una persona presenta riesgo inminente para su vida o la de terceros, incluyendo pero no limitándose a:
a) Protección de la vida: La protección de la vida del consultante y de terceros prevalece sobre cualquier otra consideración, incluido el secreto profesional (Sentencia C-832/2007, Corte Constitucional).
b) Proporcionalidad: La intervención será proporcional al nivel de riesgo identificado.
c) Confidencialidad máxima posible: Se revelará solo la información estrictamente necesaria para proteger la vida, al menor número de personas posible.
d) Documentación: Toda activación del protocolo debe quedar documentada.
SaludaMente mantendrá visibles en todo momento las siguientes líneas de atención de emergencia:
| Línea | Número | Disponibilidad |
|---|---|---|
| Línea 106 (Línea de la Vida) | 106 | 24 horas, 7 días |
| Línea de Emergencias | 123 | 24 horas, 7 días |
| Línea de Violencia Intrafamiliar | 155 | 24 horas, 7 días |
| Policía Nacional | 112 | 24 horas, 7 días |
| Línea Purpúra (violencia de género) | 018000112137 | 24 horas, 7 días |