El presente protocolo establece las directrices de actuación de SaludaMente, sus profesionales y su plataforma tecnológica ante situaciones de crisis en salud mental, en cumplimiento de la Ley 1616 de 2013 modificada por la Ley 2460 de 2025, la Ley 1090 de 2006 y la Resolución 347 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, que establece la Estrategia Nacional para el Cuidado Integral de la Salud en Personas con Conducta Suicida.

SaludaMente pone este protocolo a disposición de los profesionales de su red como herramienta para el cumplimiento de las obligaciones que las normas vigentes les imponen en su calidad de prestadores de servicios de salud. La ejecución del protocolo y las decisiones clínicas que en él se describen corresponden exclusivamente al profesional tratante.

1. Definición de crisis en salud mental

Para efectos de este protocolo, se entiende por crisis en salud mental toda situación en la que una persona presenta riesgo inminente para su vida o la de terceros, incluyendo pero no limitándose a:

2. Principios rectores

a) Protección de la vida: La protección de la vida del consultante y de terceros prevalece sobre cualquier otra consideración, incluido el secreto profesional, conforme al numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1090 de 2006, que autoriza revelar información sin consentimiento "en aquellas circunstancias particulares en que no hacerlo llevaría a un evidente daño a la persona u a otros". Conforme al estándar fijado por la Corte Constitucional en la Sentencia C-264 de 1996, la revelación procede únicamente ante un peligro cierto e inminente para la vida, cuando no existan medios alternativos idóneos, y se limita a la información estrictamente necesaria, dirigida exclusivamente a quien pueda materializar la protección.

b) Proporcionalidad: La intervención será proporcional al nivel de riesgo identificado.

c) Confidencialidad máxima posible: Se revelará solo la información estrictamente necesaria para proteger la vida, al menor número de personas posible.

d) Documentación: Toda activación del protocolo debe quedar documentada.

e) Justificación: toda decisión de levantar el secreto profesional debe quedar documentada en la historia clínica con la justificación de la proporcionalidad de la revelación, la información revelada y el destinatario. El levantamiento del secreto no es automático: es una decisión clínica que el profesional debe poder sustentar ante su Tribunal Deontológico.

3. Líneas de emergencia

SaludaMente mantendrá visibles en todo momento las siguientes líneas de atención de emergencia: